DGI

Resolución General N° 2495/1984

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retención. Resolución General Nº 2.489. Vigencia. Su modificación.

Fecha de emisión: 07/11/1984

B.O.: 12/11/1984

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de hallarse afectado -por el conflicto laboral existente en el personal de este Organismo- el normal desenvolvimiento de les tareas de asesoramiento a los contribuyentes y responsables, esta Dirección General consideró oportuno extender, mediante el dictado de la Resolución General Nº 2.492, el plazo de entrada en vigencia del régimen de retención establecido por la Resolución General Nº 2.489.

Que en la actualidad la situación precedentemente aludida no se encuentra regularizada, subsistiendo consecuentemente los inconvenientes que se derivan de la misma.

Que por otra parte diversas asociaciones, cámaras y entidades representativas de determinados sectores de la actividad económica y financiera, han exteriorizado a través de presentaciones efectuadas ente esta Dirección General Impositiva- la existencia de especiales problemas de naturaleza interpretativa y operativa que afectarían la normal aplicación del régimen retentivo establecido por la Resolución General Nº 2.489 y el correcto cumplimiento de las obligaciones impuestas a los agentes do retención.

Que en atención a lo expresado y considerando que es intención permanente de este Organismo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales impuestas a los contribuyentes y responsables -en la medida en que no se encuentre afectado el crédito fiscal-, se considera razonable y oportuno establecer un nuevo plazo de entrada en vigencia del precitado régimen retentivo, a los fines de posibilitar le adecuada y correcta aplicación del mismo.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Modifícase la Resolucidn General Nº 2.489, modificada por la Resolucidn General Nº 2.492, en la forma que a continuación se indica: 

-Sustitúyese el artículo 21, en la siguiente forma:

"ART. 21.- El artículo 10 de la Resolucidn General Nº 2.487 será de aplicación hasta el día 30 de Noviembre de 1984, inclusive."

-Sustitúyese el artículo 22, en la siguiente forma:

"ART. 22.- La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día 1º de Diciembre de 1984, inclusive, para todos los pagos comprendidos en la misma, aunque correspondan a operaciones, Facturas o documentos equivalentes realizadas o emitidos, respectivamente, con anterioridad a dicha fecha, quedando sustituida la Resolución General Nº 2.247 y sus modificaciones, a partir de la fecha indicada."


Modifica a:


ART. 2º.- Regístrese, publíquese, dén a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Ludovico Grimmer

ARCA
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