DGI

Resolución General N° 2426/1983

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Decreto N° 2.555/83. Matanza y/o faenamiento de carnes. Percepciones y/o pagos a cuenta. Resolución General N° 2.419. Su modificación.

Fecha de emisión: 07/10/1983

B.O.: 11/10/1983

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la sanción del Decreto N° 2.555/83, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de lo dispuesto por el punto 2, artículo 1°, de la referida normal legal, se rebaja la alícuota del impuesto al valor agregado establecida por el artículo 3° del Decreto N° 2.118/80 y sus modificaciones, para los productos detallados en la planilla anexa a dicho artículo.

Que, como consecuencia de ello, las operaciones de venta de carnes a las que hace referencia la Resolución General N° 2.419, han de encontrarse alcanzadas con la alícuota del cinco por ciento (5%).

Que por lo tanto se hace necesario adecuar la alícuota del siete por ciento (7%) fijada por la Resolución General N° 2.419 aplicable en el régimen de percepciones y/o pagos a cuenta, implementado por la mencionada norma de carácter general.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

El Director General de la Dirección General Impositiva

RESUELVE:

Artículo 1° - Modificase la Resolucién General N° 2.419, en la forma que a continuación se indica:

- Sustitúyese el tercer párrafo del artículo 6° de la Resolución General  N° 2.419, por el siguiente:

"La alícuota a aplicar a los efectos de la determinación del impuesto, será del CUATRO POR CIENTO (4%)."


Modifica a:


Art. 2°.- La presente Resolución entrará en vigor a partir del 10 de octubre de 1983, inclusive.


Art. 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Direcció Nacional del Registro Oficial y archivese.




FIRMANTES

Elias Lisicki

ARCA
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