CONSIDERANDO
Que la resolución general del visto estableció el monto en concepto de reembolso de viáticos y gastos de movilidad para los sujetos que desempeñan una función pública o que tengan una relación de empleo público, cuando deban cumplir con las tareas en lugares distantes de aquél donde las desarrollan habitualmente.
Que procede adecuar la mencionada resolución general, a los fines de fijar el importe que se estima razonable como reembolso de gastos efectuados en concepto de viáticos y gastos de movilidad, por las comisiones de servicio.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Administración Financiera, Técnico Legal Impositiva y de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,