CONSIDERANDO
Que la citada norma precisó pautas relacionadas con la instrumentación de la constitución de las garantías hipotecarias y prendarias por parte de los contribuyentes y responsables.
Que razones de administración tributaria hacen necesario modificar la Resolución General N° 181 y su modificatoria, a fin de autorizar a determinados funcionarios a suscribir los documentos públicos o privados mediante los cuales se constituyan, complementen, amplíen, sustituyan, renueven, ejecuten o cancelen los derechos reales de hipoteca y de prenda con registro.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,