CONSIDERANDO
Que el decreto del visto convalidó las reasignaciones de costos fiscales o reformulaciones de proyectos no industriales, comprendidos en el Régimen de Promoción establecido por la Ley N° 22.021 y sus modificaciones, aprobadas por la respectiva Autoridad de Aplicación.
Que el Decreto N° 135/06 en su Artículo 11 estableció que los proyectos aprobados que no habían sido objeto de reformulación y/o reasignación, podían ser reformulados por las Autoridades de Aplicación locales, en los términos del Artículo 10.
Que la Resolución General N° 2.072 instrumentó la forma en que las mencionadas Autoridades de Aplicación deben suministrar a esta Administración Federal, la información necesaria para efectuar las verificaciones respecto a las imputaciones asignadas a los referidos proyectos y dispuso el procedimiento mediante el cual los titulares de proyectos no industriales informarán el cronograma para la captación del capital sujeto a beneficios.
Que la Resolución (SH) N° 13 del 25 de enero de 2007, dio a conocer la nómina de titulares de proyectos informados por las respectivas Autoridades de Aplicación, conforme lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 135/06.
Que respecto de la nueva nómina procede disponer que las Autoridades de Aplicación y los titulares de los proyectos promovidos, deberán cumplimentar las normas establecidas en la citada Resolución General N° 2.072.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Fiscalización, de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.
Que la presente norma se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto N° 135 del 7 de febrero de 2006 y por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,