CONSIDERANDO
Que la citada resolución general estableció el procedimiento aplicable para la actualización del Registro de Importadores y Exportadores, la acreditación del requisito de solvencia económica y la constitución y devolución de la garantía, a que se refieren el Artículo 94, apartado 1, inciso c) y apartado 2, inciso c) del Código Aduanero y el Artículo 12, incisos a) y b) del Decreto Nº 1.001 del 21 de mayo de 1982 y sus modificaciones, texto según el Decreto Nº 1.214 del 27 de septiembre de 2005.
Que la Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó, mediante su Resolución N° 31.776 del 6 de marzo de 2007, las condiciones contractuales en el marco de las cuales se otorgarán las pólizas de seguro de caución para garantía de inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores.
Que consecuentemente, corresponde su incorporación a la Resolución General Nº 2.220.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Recaudación y de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,