AFIP

Resolución General N° 22/1997

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General N° 4.104 (DGI), sus modificatorias y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.

Fecha de emisión: 16/09/1997

B.O.: 19/09/1997

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el régimen de emisión de comprobantes utilizando Controladores Fiscales, establecido por la Resolución General N° 4.104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO

Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la referida norma, este Organismo debe homologar, mediante el dictado de una resolución general, los equipos que resulten aprobados para su comercialización e informar las respectivas empresas proveedoras autorizadas.

Que el mencionado pronunciamiento determina que los Controladores Fiscales que se homologan cumplen con los correspondientes requisitos y condiciones, de acuerdo con el análisis de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial y que las empresas proveedoras inscriptas han constituido los avales necesarios que requiere la citada resolución general.

Que lo expuesto, es sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones que el régimen prevé, durante el lapso de validez de la homologación.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1- De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la Resolución General N° 4.104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, se homologan los equipos denominados "Controlador Fiscal", cuyas marcas, modelos y códigos asignados, con las respectivas denominaciones de las empresas proveedoras y sus Claves Unicas de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), se indican en el Anexo que forma parte integrante de esta resolución general.


ARTICULO 2- La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de venta por parte de las empresas proveedoras, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumpla durante dicho plazo con los requisitos establecidos por la Resolución General N° 4.104 (DGI), sus modificatorias y complementarias.


ARTICULO 3- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Anexo

MARCA MODELO CODIGO ASIGNADO EMPRESA PROVEEDORA C.U.I.T.
OMRON RS 2810 AF AOA  ARIGITAL SOCIEDAD ANONIMA 30-59684268-9
EPSON TM 300 A/F PEA  EPSON ARGENTINA  SOCIEDAD ANONIMA 30-61410471-2

 

 




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

ARCA
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