CONSIDERANDO
Que dicha norma instituyó el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)", destinado a exteriorizar diferentes categorías de contribuyentes o responsables —pertenecientes a sectores y/o grupos estadísticamente homogéneos —, en función de criterios objetivos y según el grado de cumplimiento relativo a los deberes formales y materiales a cargo de aquéllos, teniendo en cuenta la valoración de la información disponible en las bases de datos de esta Administración Federal.
Que asimismo, la citada resolución general prevé la incorporación progresiva al mencionado sistema de otros contribuyentes y/o responsables y dependencias.
Que por otra parte y a los fines de facilitar la correcta manifestación de la situación fiscal de los sujetos involucrados y optimizar la utilización del referido sistema, corresponde efectuar determinadas adecuaciones al mismo.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Fiscalización, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,