AFIP

Resolución General N° 2152/2006

ASUNTO

RESOLUCIÓN GENERAL N° 2152/2006 (AFIP). IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.

Fecha de emisión: 03/11/2006

B.O.: 07/11/2006

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º de la norma citada en primer término, corresponde informar la identificación de los agentes de retención que se incorporan al mencionado régimen y de los que han quedado excluidos, así como el cambio de denominación de determinados responsables incluidos en el mismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Anexo I de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese la identificación de los contribuyentes que se detallan seguidamente:

"30-52551891-0

BENVENUTO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL"

"30-58095186-0

SERVICIOS WELLTECH S A"

"30-66341857-9

SMURFIT SOCIEDAD ANONIMA"

por la que se enuncia a continuación:

"30-52551891-0

LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL"

"30-58095186-0

KEY ENERGY SERVICES S A"

"30-66341857-9

SMURFIT KAPPA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA"


Modifica a:


ARTÍCULO 2º — Modifícase el Anexo de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones —texto según Anexo II de la Resolución General Nº 875—, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpóranse a los responsables que se indican a continuación:

"30-68234719-4

MINERA ARGENTINA GOLD S A"

"30-70745531-0

PARANA METAL SA"


ARTÍCULO 3º — Modifícase el Anexo V de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias —texto según Resolución General Nº 1126—, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpórase al responsable que se indica a continuación:

"30-58329816-5

METALURGICA BONANO S A"

- Elimínase al contribuyente que se detalla seguidamente:

"30-70745531-0

PARANA METAL SA"


ARTÍCULO 4º — Lo establecido en los Artículos 1º, 2º y 3º tendrá efectos a partir del día 1 de diciembre de 2006, inclusive.


ARTÍCULO 5º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 




FIRMANTES

Alberto R. Abad

AFIP
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