Texto según Resolución General Nº 2369/2007 AFIP
ANEXO I — RESOLUCION GENERAL Nº 2139
CONSTANCIA DE VALUACION (ARTICULO 6º)
ELEMENTOS A PRESENTAR
a) Acuse de recibo de la transmisión de la solicitud vía "Internet".
b) Copia del formulario de declaración jurada F. 145/1 confeccionado mediante el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI - TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES - Versión 2.0".
c) Copia de la documentación respaldatoria de la titularidad de los inmuebles consignados en el formulario de declaración jurada F. 145/1.
d) Copia del comprobante de impuesto inmobiliario o tributo similar, de los inmuebles aludidos en el inciso precedente o, de no existir obligación de tributar impuesto alguno, constancia que acredite tal circunstancia.
e) Copia de DOS (2) tasaciones expedidas por prestadores habilitados de servicios inmobiliarios —Códigos 702000 según formulario F. 150 aprobado por la Resolución General Nº 485— y/o por profesionales matriculados cuyas competencias incumbencias comprendan la realización de tasaciones, de acuerdo con lo que prevea expresamente al efecto la pertinente normativa emitida por autoridad habilitante.
Los respectivos informes de tasación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:
1. Respecto del emisor:
1.1. Apellido y nombres, denominación o razón social.
1.2. Domicilio.
1.3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
1.4. Título habilitante, norma en virtud de la cual se atribuye a la profesión incumbencia en materia de tasaciones y tomo, folio o número de matrícula profesional, cuando corresponda.
1.5. Firma, aclaración y carácter del firmante.
2. Respecto del inmueble: ubicación, nomenclatura catastral, superficies, descripción de las características determinantes de la valuación arribada, fecha y valor de tasación.
f) Copia de la documentación respaldatoria de la personería invocada por el presentante.
En caso de que las copias de los citados elementos, no se encuentren autenticadas, deberán exhibirse los ejemplares originales de los mismos, al momento de la presentación.
Texto según Resolución General Nº 2312/2007 AFIP
ANEXO I — RESOLUCION GENERAL Nº 2139
CONSTANCIA DE VALUACION (ARTICULO 6º)
ELEMENTOS A PRESENTAR
a) Acuse de recibo de la transmisión de la solicitud vía "Internet".
b) Copia del formulario de declaración jurada F. 145/1 confeccionado mediante el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI — TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES — Versión 1.0".
c) Copia de la documentación respaldatoria de la titularidad de los inmuebles consignados en el formulario de declaración jurada F. 145/1.
d) Copia del comprobante de impuesto inmobiliario o tributo similar, de los inmuebles aludidos en el inciso precedente o, de no existir obligación de tributar impuesto alguno, constancia que acredite tal circunstancia.
e) Copia de DOS (2) tasaciones expedidas por prestadores habilitados de servicios inmobiliarios —Códigos 702000 según formulario F. 150 aprobado por la Resolución General Nº 485— y/o por profesionales matriculados cuyas competencias incumbencias comprendan la realización de tasaciones, de acuerdo con lo que prevea expresamente al efecto la pertinente normativa emitida por autoridad habilitante.
Los respectivos informes de tasación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:
1. Respecto del emisor:
1.1. Apellido y nombres, denominación o razón social.
1.2. Domicilio.
1.3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
1.4. Título habilitante, norma en virtud de la cual se atribuye a la profesión incumbencia en materia de tasaciones y tomo, folio o número de matrícula profesional, cuando corresponda.
1.5. Firma, aclaración y carácter del firmante.
2. Respecto del inmueble: ubicación, nomenclatura catastral, superficies, descripción de las características determinantes de la valuación arribada, fecha y valor de tasación.
f) Copia de la documentación respaldatoria de la personería invocada por el presentante.
En caso de que las copias de los citados elementos, no se encuentren autenticadas, deberán exhibirse los ejemplares originales de los mismos, al momento de la presentación.
Texto original según Resolución General Nº 2139/2006 AFIP
ANEXO I — RESOLUCION GENERAL Nº 2139
CONSTANCIA DE VALUACION (ARTICULO 6º)
ELEMENTOS A PRESENTAR
a) Acuse de recibo de la transmisión de la solicitud vía "Internet".
b) Copia del formulario de declaración jurada F. 145/1 confeccionado mediante el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI — TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES — Versión 1.0".
c) Copia de la documentación respaldatoria de la titularidad de los inmuebles consignados en el formulario de declaración jurada F. 145/1.
d) Copia del comprobante de impuesto inmobiliario o tributo similar, de los inmuebles aludidos en el inciso precedente o, de no existir obligación de tributar impuesto alguno, constancia que acredite tal circunstancia.
e) Copia de DOS (2) tasaciones expedidas por prestadores habilitados de servicios inmobiliarios —Códigos 702000 según formulario F. 150 aprobado por la Resolución General Nº 485—. Los respectivos informes de tasación deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:
1. Respecto del emisor: apellido y nombres o razón social; domicilio; Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y firma, aclaración y carácter del firmante.
2. Respecto del inmueble: ubicación, nomenclatura catastral, descripción de sus características, superficie y valor de tasación.
f) Copia de la documentación respaldatoria de la personería invocada por el presentante.
En caso de que las copias de los citados elementos, no se encuentren autenticadas, deberán exhibirse los ejemplares originales de los mismos, al momento de la presentación.