AFIP

Resolución General N° 2013/2006

ASUNTO

Procedimiento. FACTURACION Y REGISTRACION. Intermediación en la compraventa de automotores y motovehículos usados. Resolución General Nº 1997. Norma complementaria.

Fecha de emisión: 13/03/2006

B.O.: 15/03/2006

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General Nº 1997, y

CONSIDERANDO

Que la norma citada en el visto estableció la obligación -a partir del 1 de marzo de 2006- , de respaldar los contratos de intermediación en la compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados a través de mandatos, comisiones, consignaciones o cualquier otra forma de instrumentación que cumpla la misma finalidad mediante el comprobante "mandato/consignación".

Que a fin de posibilitar el cumplimiento de la citada obligación, se considera conveniente otorgar un plazo especial, respecto de los contratos preexistentes a la fecha indicada en el considerando precedente.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Las obligaciones establecidas por la Resolución General Nº 1997, respecto de los contratos de intermediación en la compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados a través de mandatos, comisiones, consignaciones o cualquier otra forma de instrumentación que cumpla la misma finalidad, celebrados con anterioridad al 1 de marzo de 2006, serán de aplicación a partir del 2 de mayo de 2006.

 


ARTÍCULO 2º - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 




FIRMANTES

Alberto R. Abad

AFIP
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