CONSIDERANDO
Que el citado régimen ha sido afectado por sucesivas modificaciones, entre otras, relacionadas con las sanciones aplicables en caso de incumplimiento a los distintos regímenes de información establecidos por este organismo.
Que en línea con dichas modificaciones, resulta aconsejable adecuar las citas legales contenidas en las normas reglamentarias específicas de cada régimen.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,