ART. 2° - Modificar la Resolución General N° 1.783, modificada por la Resolución General N° 1.877, en la siguiente forma:
a) En el primer párrafo del inciso c) del artículo séptimo, sustitúyese la expresión "doscientos mil ($ 200.000) pesos" por la de "trescientos mil ($ 300.000) pesos"
b) En el segundo párrafo del inciso c) del artículo séptimo, sustitúyese la expresión "cincuenta mil ($ 50.000) pesos" por la de "ochenta mil ($ 80.000) pesos".
c) En el tercer párrafo del inciso e) del artículo séptimo, sustitúyense las expresiones "doscientos mil ($ 200.000) pesos" y "cincuenta mil ($ 50.000) pesos" por las de "trescientos mil ($ 300.000) pesos" y "ochenta mil ($ 80.000) pesos" respectivamente.
Modifica a: