CONSIDERANDO
Que el Grupo Mercado Común, en su carácter de órgano ejecutivo del Tratado de Asunción, ha dictado la Resolución GMC Nº 17/04, mediante la cual ha aprobado la "Norma relativa a la Informatización del Manifiesto Internacional de Cargas/Declaración de Tránsito Aduanero y al Seguimiento de la Operación entre los Estados Partes del MERCOSUR".
Que en virtud de lo establecido en los artículos 38 y 40 del Protocolo de Ouro Preto resulta necesario adoptar e incorporar al ordenamiento jurídico nacional la resolución citada en el VISTO y disponer las medidas tendientes a lograr su efectivo cumplimiento.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones de Legal y Técnica Aduanera, de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,