AFIP

Resolución General N° 1847/2005

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. OBLIGACIONES FISCALES. Artículo 67 de la Ley N° 25.725. Decreto N° 918/03, su modificatorio y complementario. Régimen optativo de cancelación anticipada de obligaciones fiscales diferidas. Resolución General N° 1.793. Su modificación.

Fecha de emisión: 18/03/2005

B.O.: 22/03/2005

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO la Resolución General N° 1.793, y

CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se establecieron los requisitos, formas, plazos y demás condiciones para el acogimiento al régimen de cancelación anticipada de obligaciones fiscales diferidas al amparo de regímenes promocionales y el ingreso al contado o mediante un plan de facilidades de pago de dichas obligaciones.

Que razones de administración tributaria aconsejan extender el plazo para que se expida el juez administrativo interviniente, a los efectos de la aceptación o rechazo del acogimiento al aludido régimen.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Resolución General Nº 1793 en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese en el artículo 4º, la expresión "...CUARENTA (40) días hábiles administrativos..." por la expresión "...CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles administrativos...".

 


Modifica a:


ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 




FIRMANTES

Alberto R. Abad

AFIP
  • Administración Federal de Ingresos Públicos
  • | Biblioteca Electrónica |