Texto según Resolución General Nº 2581/2009 AFIP
ARTICULO 1°.- Créase el "Certificado Fiscal para Contratar", cuyo modelo consta en el Anexo I de la presente, que será expedido a solicitud de los interesados en participar en cualquier procedimiento de selección -en el marco del Decreto N° 1.023/01 y sus modificaciones-, efectuado por los organismos comprendidos en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, en la medida que los solicitantes:
a) No tengan deudas líquidas y exigibles impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.
Esta exigencia no será requerida, cuando los solicitantes acrediten fehacientemente que poseen créditos líquidos, exigibles y de plazo de pago vencido contra el Estado Nacional, Provincial o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus dependencias centralizadas, descentralizadas y entes autárquicos, originados en contratos de suministro de bienes, obras y/o servicios, por montos iguales o superiores a las deudas que mantienen con esta Administración Federal,
b) hayan cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas,
c) no se encuentren suspendidos en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas, por falta de pago de las obligaciones aduaneras,
d) no hayan sido condenados, con sentencia firme, por los delitos contemplados en las Leyes N° 22.415 y sus modificaciones, N° 23.771 y sus modificaciones y N° 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras -propias o de terceros-, o por delitos en los que se haya dispuesto el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios estatales con motivo del ejercicio de sus funciones.
No se otorgará el mencionado certificado a las personas jurídicas, las agrupaciones no societarias y/o cualquier otro ente colectivo cuyos gerentes, socios gerentes, directores u otros sujetos que ejerzan la administración social, como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, se encuentren involucrados en alguno de los supuestos previstos en el párrafo anterior.
Texto original según Resolución General Nº 1814/2005 AFIP
ARTICULO 1°.- Créase el "Certificado Fiscal para Contratar", cuyo modelo consta en el Anexo I de la presente, que será expedido a solicitud de los interesados en participar en cualquier procedimiento de selección -en el marco del Decreto N° 1.023/01 y sus modificaciones-, efectuado por los organismos comprendidos en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, en la medida que:
a) Los solicitantes no tengan deudas líquidas y exigibles impositivas y/o de los recursos de la seguridad social, no se encuentren suspendidos en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas por falta de pago de las obligaciones aduaneras y hayan cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas, y
b) no haya recaído sobre los solicitantes sentencia condenatoria firme, por los delitos contemplados en las Leyes N° 22.415 y sus modificaciones, N° 23.771 y sus modificaciones y N° 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras -propias o de terceros-, o por delitos en los que se haya dispuesto el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios estatales con motivo del ejercicio de sus funciones.
Quedan excluidas de solicitar el mencionado certificado las personas jurídicas, las agrupaciones no societarias y/o cualquier otro ente colectivo cuyos gerentes, socios gerentes, directores u otros sujetos que ejerzan la administración social, como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, se encuentren involucrados en alguno de los supuestos previstos en el párrafo anterior.