CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Estado de Hacienda en uso de la atribución conferida por el artículo 10 del Decreto 1.026/75 por Resolución N° 434/76 ha ampliado la nómina de los impuestos, que pueden acogerse al régimen de facilidades de pago vigente.
Que asimismo en el caso de los rubros de Impuestos Internos, en consideración al tiempo de recupero de los mismos por parte de los responsables, dicha resolución los excluye del sistema de prórroga.
Por ello de acuerdo a lo aconsejado por los Departamentos de Recaudación y Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley 11.683, texto ordenado en 1.974 y sus modificaciones.