CONSIDERANDO
Que el citado decreto estableció un procedimiento especial para la cancelación de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS), correspondientes a los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que intervienen en los torneos organizados por dicha asociación, en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B".
Que por su parte, la Resolución General Nº 1580 dispuso las formalidades, plazos y demás condiciones que deben observar los sujetos alcanzados por el mencionado procedimiento especial.
Que a efectos de facilitar la adhesión a dicho procedimiento especial, cabe extender el plazo para el cumplimiento de los requisitos formales vinculados con la regularización de las obligaciones comprendidas, vencidas e impagas al día 30 de junio de 2003, inclusive.
Que en igual sentido, se estima conveniente disponer una nueva fecha hasta la cual la obligación de presentación de las declaraciones juradas determinativas de los aportes y contribuciones, correspondientes a los períodos mensuales devengados junio a octubre de 2003, ambos inclusive, se considerará cumplidas en término.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Asesoría Legal y Técnica, de Gestión de la Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social, de Programas y Normas de Recaudación, de Informática de la Seguridad Social y de Informática Tributaria.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 1212/03 y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,