ARTICULO 7°.- En oportunidad de la entrega del premio o premios, cuyo monto neto total supere la suma de UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 1.200.-), corresponderá que el organizador suministre a cada beneficiario una constancia fechada con los siguientes datos: a) Del responsable del gravamen de emergencia:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social, domicilio fiscal y Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T).
2. Detalle de la autorización en virtud de la cual organizó el juego de sorteo y/o concurso.
b) Del beneficiario del premio:
1. Apellido y nombres, denominación o razón social y domicilio real o legal, según corresponda.
2. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.). De no poseerse, tipo y número de documento de identidad expedido por autoridad nacional, salvo que, por ser extranjero, no tenga documento de identidad argentino. En tal situación se deberá indicar el número de pasaporte o, en su caso, del documento de identidad extranjero y el país cuya autoridad lo haya emitido.
c) Del premio y del gravamen de emergencia:
1. Naturaleza del premio, sus características y su monto o valuación en caso de premios en especie.
2. El importe del impuesto descontado o percibido, la suma neta entregada, la fecha en que se produjo el hecho imponible (7.1.) y, de corresponder, la circunstancia prevista en el artículo 6°.
Asimismo deberá constar la firma de la persona habilitada para suscribir el comprobante, con aclaración de su apellido y nombres, carácter que reviste y tipo y número de documento de identidad.