CONSIDERANDO
Que mediante la citada norma, se dispuso un nuevo procedimiento a los efectos del ingreso del impuesto a las ganancias, devengado con motivo del incumplimiento de las condiciones de emisión de obligaciones negociables.
Que el Anexo complementario previsto en dicha norma, tiene por objeto facilitar la lectura, interpretación y aplicación del texto positivo de aquélla, por lo cual, resulta aconsejable precisar cuáles son las emisiones de títulos comprendidas en la resolución general mencionada.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 38 de la Ley N° 23.576 y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,