AFIP

Resolución General N° 1567/2003

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Agentes de información. Artículo 49, incisos a) y b) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Resolución General N° 1.543. Su modificación.

Fecha de emisión: 26/09/2003

B.O.: 29/09/2003

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Abrogada



VISTO la Resolución General N° 1.543, y

CONSIDERANDO

Que la citada norma, complementaria de la Resolución General N° 4.120 (DGI), su modificatoria y sus complementarias, atendiendo a que esta Administración Federal se encuentra adecuando el procedimiento y el programa aplicativo a utilizar, estableció que la presentación de la información dispuesta por esta última, correspondiente al período fiscal 2002, se considerará presentada en término, siempre que se efectúe hasta el 29 de setiembre de 2003, inclusive.

Que por los mismos motivos que originaron el establecimiento del plazo especial referido en el considerando precedente, se estima conveniente modificar la fecha dispuesta oportunamente, sustituyéndola por el día 31 de octubre de 2003.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Información Estratégica para Fiscalización y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 1.543, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese en el artículo 1° la expresión "29 de setiembre de 2003, inclusive." por la expresión "31 de octubre de 2003, inclusive,".


Modifica a:


ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Alberto R. Abad

ARCA
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