CONSIDERANDO
Que la norma del visto, complementaria de la Resolución General N° 1.375, sus modificatorias y sus complementarias, reglamentó el régimen instituido por esta última con relación a los sujetos que intervienen en las operaciones comprendidas en calidad de prestadores de servicios, aprobando el programa aplicativo a utilizar y estableciendo determinadas condiciones para su aplicación.
Que en tal sentido, se estimó necesario adecuar el referido programa aplicativo en lo que hace a las presentaciones "sin movimiento" y los registros de cabecera a los efectos del control de presentación del mencionado régimen de información.
Que en virtud de ello, corresponde sustituir el mencionado programa aplicativo por una nueva versión del mismo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Información Estratégica para fiscalización, de Informática de Fiscalización, de Informática Tributaria y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,