ARTICULO 5°.- De no encontrarse operativo el sistema, los sujetos obligados deberán presentar en la dependencia en la que se encuentran inscritos, los siguientes elementos:
a) Un disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3 1/2") HD, o CD ROM, rotulados con indicación de:
1. Denominación del régimen.
2. Apellido y nombres, denominación o razón social del agente de información.
3. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.).
4. Período informado.
b) El formulario de declaración jurada F. 887 -que se emite mediante la utilización del programa provisto por este organismo-, por original.
c) Una nota, por duplicado, con carácter de declaración jurada -conforme a lo dispuesto por la Resolución General N° 1.128-, en la que deberán consignarse los siguientes datos:
1. Apellido y nombres o denominación o razón social de los prestadores de servicios.
2. Período por el cual se efectúa la presentación.
Dicha nota deberá estar suscrita por el agente de información. De tratarse de personas jurídicas, por el presidente, responsable o apoderado de la entidad. En el momento de la presentación se procederá a la lectura, validación y grabación de la información contenida en el archivo magnético, y se verificará si ella responde a los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 887. De comprobarse errores, inconsistencias, utilización de un programa diferente al provisto por este organismo, o presencia de archivos defectuosos, la presentación será rechazada, generándose una constancia de tal situación.
De resultar aceptada la información la respectiva dependencia entregará un "acuse de recibo".