DGI

Resolución General N° 1501/1973

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS EVENTUALES - Agentes de retención - Premios de Lotería, Quiniela, rifas autorizadas, Prode y demás juegos de azar - Modificación de la Resolución General N° 1.472.

Fecha de emisión: 12/01/1973

B.O.: 18/01/1973

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO las modificaciones introducidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias Eventuales, texto ordenado en 1972 por la Ley N° 20.046 y

CONSIDERANDO

Que ello hace necesario actualizar las disposiciones de la Resolución General N° 1.472 (G.E.) que determinan las obligaciones de los agentes de retención, adecuándolos a las nuevas normas legales.

Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1968 y sus modificaciones.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

1° - Sustitúyese en el artículo 45, segundo párrafo, y artículo 49, segundo párrafo, de la Resolución General N° 1.472 (G.E.) la expresión "veinte por ciento (20 %)" por la de "veinticinco por ciento (25 %)".


Modifica a:


2° - Los beneficiarios de premios de lotería y juegos de azar, obtenidos a partir del 1° de enero de 1973, a los cuales se les hubiera practicado la retención del veinte por ciento (20 %) establecida en la Resolución General N° 1.472 (G.E.), deberán presentar declaración jurada del impuesto en formulario N° 143, dentro de la fecha de vencimiento general establecida, ingresando la diferencia de impuesto resultante.


3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Angel N. Politi

ARCA
  • Agencia de Recaudación y Control Aduanero
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