CONSIDERANDO
Que en el marco del Decreto N° 1405 de fecha 4 de noviembre de 2001, la citada resolución general estableció un régimen de pago a cuenta del impuesto al valor agregado, a cargo de los usuarios del servicio de molienda de trigo, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la transparencia comercial en el ámbito de la elaboración y venta de harinas y otros subproductos derivados del trigo.
Que en virtud de la evaluación efectuada, se estima necesario incrementar la suma fija que se aplica para la determinación del citado pago a cuenta.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Análisis de Fiscalización Especializada.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el artículo 21 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el artículo 9° del Decreto N° 1405/01 y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, y sus complementarios.
Por ello,