1º — Sustitúyese el inciso c) del artículo 3º de las Normas Generales Complementarias de la Reglamentación de Impuesto Internos – Tabacos (Resolución General Nº 991), modificada por la Resolución General Nº 1.315, por el siguiente:
c) En la Provincia de Jujuy, los Departamentos de Capital, El Carmen y San Antonio y provisionalmente el de San Pedro, y en la Provincia de Salta, los Departamentos de Anta, Cachi, Caldera, Campo Santo, Capital, Cerrillos, Chicoana, Guachipas, La Viña, Metán y Rosario de Lerma.