CONSIDERANDO
Que la Secretaria de Estado de Energía y Minería de la Nación, en ejercicio de la facultad conferida por el Decreto N° 3.681/68 ha dictado la Resolución N° 418/69 por la que se mantienen para el primer y Segundo semestre del año en curso los precios básicos fijados por la Resolución SEEM N° 159/68 que rigieron para el Segundo semestre de 1968 para las aeronaftas, demás combustibles empleados en la aviación y aceites lubricantes de uso en aeronaves.
Que a los efectos de posibilitar a los responsables el ingreso de los gravámenes establecidos para los citados productos, esta Dirección General ha hecho conocer los referidos precios básicos mediante las Resoluciones Generales Nros. 1.253 y 1.261 (I).
Por ello, en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1968,