DGI

Resolución General N° 1211/1968

ASUNTO

Habilitación de nuevos bancos para la percepción de gravámenes.

Fecha de emisión: 21/03/1968

B.O.: 28/03/1968

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO los nuevos convenios celebrados con instituciones bancarias cobradoras, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de ello corresponde ampliar la nómina de casas bancarias que actúan como agentes de los gravámenes cuya percepción está a cargo de esta Dirección General.

Por ello, atento lo aconsejado por las Direcciones de Administración y de Coordinación, Organización y Métodos, y en uso de las facultades que le confieren los artículos 8° y 30° de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1960 y sus modificaciones),

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

1° - Incluir a los Bancos de Coronel Dorrego, Do Brasil, Empresario de Tucumán Cooperativo Limitado y Popular de Quilmes, en la nómina de los autorizados para recibir depósitos en concepto de pago de impuestos, tasas, intereses, recargos y multas, cuya percepción está a cargo de esta Dirección General, con excepción de los relativos a Impuestos Internos Nacionales, Fondo Nacional de Vialidad (combustibles, lubricantes y cubiertas), Fondo Nacional Complementario de Vialidad (a las cubiertas) Sobreprecio a los Combustibles (sobreprecio y aumento de precios de combustibles), a la Aeronafta, otros combustibles y aceites lubricantes para Aviación, Sobretasa al Vino Ley N° 14.878, Canon Minero y Contribución sobre petróleo crudo y gas, cuya recaudación efectúa exclusivamente el Banco de la Nación Argentina.


2° - Los bancos mencionados en el punto 1° como así también los demás que se citan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, aceptarán depósitos en efectivos o con cheques librados a nombre del Banco en el cual se depositó, en la forma dispuesta por las Resoluciones Generales Nos. 981 y 1.076 (vs.).


3° - Regístrese, comuníquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.


Anexo

Casas bancarias autorizadas para el cobro en efectivo o con cheque librado a nombre del banco en el cual se deposita, de los impuestos, tasas, recargos, intereses y multas, cuya percepcion está a cargo de la Dirección General Impositiva, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias en vigor.

Alemán Transatlántico

Argentino del Atlántico

Argantino de Comercio

Ciudad de Rosario S. A.

Comercio del Norte

Comercio de Buenos Aires

Comercial de San Juan

Comercial de Tandil

Comercial de Tres Arroyos

Comercial e Industral de Cordoba

Continental S. A.

Cooperativo de C¿seros Ltdo.

Cooperativo de La Plata Ltdo.

Cooperativo Ltdo. de Parana

Crédito de Cuyo S A.

Credito Provincial

De Avellaneda

De Bahia Blanca

De Boulogne S. A.

De Catamarca

De Coronel Dorrego

De Crédito Rural Argentino

De Entre Rios

De Galicia y Buenos Aires

De Hurlingham S. A.

De Intercambio Regional

De Italia y Rio de la Plata

De Junín

De Londres y América del Sur

De Mendoza

De Olavarría

De Rio Negro y Neuquen

De San Juan

De Santander

Del Este

Del Norte y Delta Argentino

Del Oeste

De la Nación Argentina

De La Pampa

De la Provincia de Buenos Aires

De la Provincia de Chubut

De la Provincia de Córdoba

De la Provincia de Jujuy

De la Provincia de Rio Negro

De la Provincia de San Luis

De la Provincia de Santa Cruz

De la Provincia de Tucumán

De la Provincia del Chaco

De los Andes

Di Napoli

Do Brasil

Empresario de Tucumán Cooperativo Ltdo

Español del Río de la Plata

Francés del Río de la Plata

Ganadero Argentino

Hispano Italo Libanés

Holandés Unido

Internacional Buenos Aires

Israelita de Córdoba

Italo Belga S. A.

Mercantil Argentino

Mixto de La Rioja

Montserrat Ltdo. 

Mutual del Sud

Nuevo Banco de Azul

Nuevo Banco Italiano

Of America

Popular Agricola de Villa Dominguez S. A.

Popular Argentino

Popular Financiero S. A.

Popular de Quilmes

Provincial de Santa Fe

Regional de Cuyo

Regional del Salado S. A.

Regional Sureño S ¿.

Río de la Plata

Shaw S. A.

Supervielle de Buenos Aires-Societe Generale

The Bank of Tokio Ltd. 

The First National Bank of Boston

The First National City Bank

The Royal Bank of Canada

Tornquist S. A.

Unión Comercial e Industrial Coopert. Ltdo.

 

Nómina de Impuestos cuya percepción atiende únicamente en el Banco de la Nación Argentina además del resto de los que se encuentran a cargo de la Dirección General Impositiva

Impuestos Internos Nacionales

Fondo Nacional de Vialidad (Combustibles, lubricantes y cubiertas)

Fondo Nacional Complementario de Vialidad (a las cubiertas)

Sobreprecio a los Combustibles (sobreprecio y aumento de precio de combustibles)

A la aeronafta, otros combustibles y aceites lubricantes para aviación

Sobretasa al vino Ley N° 14.878

Canon minero y contribución sobre petróleo crudo y gas




FIRMANTES

Raul E. Cuello

ARCA
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