1° - Modifícase la Resolución General N° 1.085 (Va.) en la siguiente forma:
a) Sustituyese en todo su texto las expresiones "hasta el 14 de octubre" y "hasta el 28 de octubre" por la expresión "hasta el 31 de octubre".
b) Sustitúyese el primer párrafo del punto 6° por el siguiente: "Cuando se solicitare el pago en cuotas, del saldo de la deuda, las mismas serán iguales, mensuales y consecutivas, con vencimiento el último día hábil de cada mes, operándose el de la primera cuota el treinta (30) de noviembre de 1966."
Modifica a: