ARTICULO 2°.- A efectos de solicitar su inscripción en el "Registro", los sujetos referidos en el artículo 1° deberán, según la actividad que desarrollen, presentar:
a) Empresas industriales manufactureras:
1. Formulario de declaración jurada N° 733.
2. Nota -por duplicado- con carácter de declaración jurada que contendrá, como mínimo, los siguientes datos:
2.1. Apellido y nombres, denominación o razón social.
2.2. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
2.3. Detalle de las posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur, conforme al Anexo I de la Resolución N° 59/01 (SI).
2.4. De tratarse de proveedor de insumos deberá, respecto de los clientes integrantes de la cadena de valor automotriz, informar:
2.4.1. Apellido y nombres, denominación o razón social.
2.4.2. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
2.4.3. Domicilio.
2.5. Firma del solicitante precedida por la fórmula prevista en el artículo 28 "in fine" del Decreto N° 1.397/79, reglamentario de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
b) Concesionarios oficiales de las terminales automotrices radicadas en el país:
1. Formulario de declaración jurada N° 734.
2. Certificación prevista en el Anexo III de la Resolución N° 59/01 (SI) (2.1.).
Los formularios de declaración jurada mencionados precedentemente deberán estar cubiertos en su totalidad y contener la certificación indicada en los mismos.