CONSIDERANDO
Que, de acuerdo con las mencionadas normas los sujetos están obligados a presentar una declaración jurada complementaria a la determinativa del impuesto a las ganancias, a fin de que esta Administración Federal analice y constate si los precios de transferencia de los actos jurídicos celebrados responden a las prácticas normales de mercado entre partes independientes.
Que, atento a las modificaciones introducidas a la norma legal indicada en el visto por la Ley N° 25.239, deviene necesario la sustitución del programa aplicativo previsto en la Resolución General N° 702 -"Precios de Transferencia - Versión 3.0"- por otro, que se encuentra en desarrollo por este Organismo.
Que, en consecuencia, cabe indicar que la citada declaración jurada complementaria se confeccionará exclusivamente mediante la utilización del nuevo programa aplicativo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Técnica.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, y su complementario.
Por ello,