CONSIDERANDO
Que mediante la Disposición N° 237 (AFIP) del 16 de julio de 2019 se aprobó el “Sistema Único de Denuncias (SUDenu)” como herramienta informática utilizada para el registro, centralización y sistematización de las denuncias recibidas -cualquiera fuere la materia sobre las que ellas versen-, en el ámbito de esta Administración Federal.
Que dicha medida contempla distintos canales para la presentación de las aludidas denuncias y prevé la posibilidad de habilitar nuevas aplicaciones u otros medios al efecto.
Que es objetivo permanente de este Organismo, simplificar la realización de los trámites y procedimientos mediante la optimización de recursos tecnológicos que aseguren la integridad, transparencia y el resguardo de la información.
Que asimismo, uno de los propósitos de esta Administración Federal es el de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia tributaria, en mérito de lo cual resulta fundamental facilitar la comunicación de las mencionadas denuncias, a fin de permitir su debido tratamiento y trazabilidad y, de corresponder, propiciar la inmediata articulación con otros organismos competentes.
Que en concordancia con los fundamentos expresados, se estima conveniente habilitar en la aplicación móvil “Mi AFIP” la funcionalidad que posibilite a las personas humanas y jurídicas ingresar y registrar de forma ágil y sencilla aquellas situaciones en que se hubiera detectado la comisión de hechos, acciones o conductas que, presuntamente, configuren faltas, infracciones o delitos de carácter tributario.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Servicios al Contribuyente, Fiscalización y Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,