CONSIDERANDO
Que las mencionadas resoluciones generales establecen, respectivamente, los procedimientos de consulta de clasificación arancelaria, las pautas para fijar los valores referenciales de exportación de carácter precautorio y los valores criterio de importación de carácter preventivo para las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
Que el Artículo 4° de la Disposición N° 446/09 determina que la emisión de resoluciones generales podrá ser delegada en forma expresa por el Administrador Federal cuando concurran circunstancias debidamente justificadas que así lo ameriten.
Que los criterios de clasificación de las mercaderías y la fijación de los valores criterios y referenciales se realizan mediante la emisión de resoluciones generales.
Que a fin de perfeccionar el accionar de esta Administración permitiendo mayor celeridad en la adopción de decisiones, resulta necesario delegar en el Director General de Aduanas la suscripción de las referidas resoluciones.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4°, 6° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,