ANEXO RESOLUCION GENERAL N� 4.181
(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL N� 4.249)
DETALLE DE ACTIVIDADES ECONOMICAS QUE UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE CONTROLADORES FISCALES (ARTICULO 2�)
-Distribución y alquiler de películas de video.
-Expendio de productos lácteos y helados.
-Venta de materiales para la construcción y sanitarios.
-Venta de aparatos y artefactos eléctricos para iluminación.
-Venta de artículos de pinturería y ferretería.
-Venta de artículos de bazar y menaje.
Bazares.
-Venta de artículos de juguetería y coti llón. Jugueterías.
-Venta de artículos de librería, papelería y oficina. Librerías y papelerías.
-Venta de carne y derivados. Carnicerías.
-Venta de aves, huevos, animales de corral
y caza y otros productos de granja.
-Venta de pescados y otros productos mari-
nos, fluviales y lacustres. Pescaderías.
-Venta de fiambres y comidas preparadas.
- Rotiserías y fiambrerías.
-Venta de frutas, legumbres y hortalizas.
Fruterías y verdulerías.
-Venta de tabacos, cigarrillos y otras ma-
nufacturas del tabaco. (Incluye kioscos).
-Venta de bombones, golosinas y otros ar-
tículos de confitería.
-Venta de pan y demás productos de panade-
ría. Panaderías.
-Bares, bares lácteos, confiterías, cafés, salones
de té, whiskerías, cervecerías y similares.
(Con y sin espectáculo).
-Pizzerías, grills, snack bars, fast foods,
parrillas y venta de empanadas, sandwiches,
hamburguesas y similares.
-Restaurantes, cantinas y similares. (Con y sin
espectáculo).
-Venta de productos alimentarios en gene-
ral. Almacenes.
-Venta de productos farmacéuticos, medici-
nales y de uso veterinario. Farmacias y
herboristerías.
-Venta de artículos de tocador, perfumes y
cosméticos. Perfumerías.
-Venta de productos medicinales para anima
les y servicios prestados en veterina-
rias.
-Venta de semillas, abonos y plaguicidas.
-Venta de flores y plantas naturales y ar-
tificiales.
-Ventas de prendas de vestir y tejidos de
punto.(Incluye prendas de cuero y pieles).
-Ventas de tapices y alfombras.
-Venta de productos textiles y artículos
confeccionados con materiales textiles.
-Venta de artículos de cuero. Marroquine-
rías.
-Ventas de calzados. Zapaterías. Zapati-
llerías.
-Venta de artículos de madera, excepto mue
bles.
-Venta de muebles y accesorios.Mueblerías.
-Venta de instrumentos musicales, discos,
cassettes, etc. Casas de música.
-Ventas de armas y artículos de cuchille-
ría, caza y pesca.
-Venta de cámaras y cubiertas y prestación
de servicios en gomerías.
-Venta de artículos de caucho, excepto cá-
maras y cubiertas.
-Venta de garrafas y combustibles sólidos
y líquidos.
-Servicios prestados en estaciones de ser-
vicio.
-Servicios de lavado autom tico y manual
de automotores.
-Venta de máquinas de oficina, cálculo,
contabilidad, equipos computadores, má-
quinas de escribir, máquinas registrado-
ras, controladores fiscales, etc., y sus
componentes y repuestos.
-Venta de artículos para el hogar (incluye
heladeras, lavarropas, cocinas, televiso-
res, etc.).
-Venta de aparatos fotográficos, artículos
de fotografía e instrumentos de óptica y
servicios prestados por estudios y labo-
ratorios fotográficos.
-Venta y servicios de reparación de joyas,
relojes y artículos conexos.
-Venta de antigüedades, objetos de arte y
artículos de segundo uso.
-Venta y alquiler de artículos de deporte,
equipos e indumentaria deportiva.
-Venta de máquinas y motores y sus repues-
tos.
-Venta de repuestos y accesorios para ve-
hículos automotores.
-Venta de equipo profesional y científico
e instrumentos de medida y control.
-Venta de otros artículos no indicados ex-
presamente.
-Servicios conexos con los de transporte
(incluye agencias de turismo, agentes ma-
rítimos y aéreos, embalajes, etc.).
-Otros servicios relacionados con el trans
porte terrestre (incluye alquiler de au-
tos sin chofer).
-Servicios de guarderías de lanchas.
-Servicios de mudanzas.
-Servicios de alojamiento, comida y/u hos-
pedaje prestados en hoteles, residencia-
les, hosterías, pensiones, alojamientos por hora.
-Hipermercados, supermercados y
autoservicios que tengan en conjunto menos
de cuatro cajas, incluyendo la casa central o
matriz y sucursales, puntos de venta, etc.
-Servicios de higiene y estética corporal.
-Servicios de pompas fúnebres y servicios
conexos.
-Otros servicios técnicos y profesionales
no indicados expresamente.
-Reparación de automotores, motocicletas y
sus componentes.
-Reparación de artefactos eléctricos de
uso doméstico y personal.
-Reparación de calzados y otros artículos
de cuero.
-Servicios de reparación no indicados ex-
presamente.