Anexo I Resolución General N� 4.174

(Con las modificaciones incorporadas por la RG. N� 4.188)

A- Formularios y elementos de Declaración Jurada

CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NETO

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES NO INCORPORADOS AL PROCESO ECONÓMICO

Titulares del país

218 y 218/1

490/A y 500/G ó 500/I, según corresponda u opcionalmente:

Diskette y F.762

(SITRIB - Bienes personales).

Responsables sustitutos

Nota (artículo 9� Resolución General N� 3.480 y sus modificaciones)

Nota (artículo 9� Resolución General N� 3.480 y sus modificaciones)

 

B - Instrumentos y lugares de pago

Categoría de Contribuyentes

Impuesto sobre el Patrimonio Neto

Imp. Sobre los Bs. Pers. no incorp. al Proc. Econ.

Impuesto sobre los Bs. personales

Lugar de Pago

Instrumento de Pago

Instrumento de Pago

Instrumento de Pago

Saldo DDJJ

Intereses

Saldo DDJJ

Intereses

Intereses s/Anticipos

Grandes Contrib. Nacionales

(R.G. N� 3.282)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

Bco. Hipotecario Nacional (Casa Central)

SICE (R.G. N� 3.423 Cap.II)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

Bco. habilitado en la respectiva agencia

 

Categoría de Contribuyentes

Impuesto sobre el Patrimonio Neto

Imp. Sobre los Bs. Pers. no incorp. al Proc. Econ.

Impuesto sobre los Bs. personales

Lugar de Pago

Instrumento de Pago

Instrumento de Pago

Instrumento de Pago

Saldo DDJJ

Intereses

Saldo DDJJ

Intereses

Intereses s/Anticipos

2000 - REMOTO (R.G. N� 3.423) Cap.II - con comunic. expresa)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

F.105 (1)

Sucursal designada del Bco. de la Nación Argentina

Demás responsables

F. 99

F. 99

F. 799/B (2)

F. 799/A (2)

F. 799/A (2)

Instituciones bancarias habilitadas

  1. El sistema emitirá el F. 107, que será la única constancia de pago.
  2. El sistema emitirá un "ticket", que acreditará la cancelación respectiva. (Ver cobertura F. 799/A y F. 799/B en el apartado "C" siguiente).

 

C - COBERTURA DE LOS F. 799/A Y F. 799/B

Se deberá cubrir un formulario por cada concepto, ya sea saldo de DD.JJ., Anticipos e Intereses Resarcitorios y por período fiscal.

Según el concepto que se canccela, deberán marcarse con "X" los casilleros que se indican a continuación:

CONCEPTO

FORM.

RUBRO N�

CODIGO

DENOMINACION

Saldo de Declaración Jurada

799/B

1

180 (1)

Bs. Personales

2

019 (2)

Ob. Mensual/Anual

3

(2)

Período e Importe

Intereses sobre el saldo de Declaración Jurada

799/A

1

180

Bs. Personales

2

019

Ob. Mensual/Anual

3

051

Int. Resarcitorios

-

Período e Importe

Intereses sobre Anticipos

799/A

1

180

Bs. Personales

2

191

Anticipo

3

051

-

-

Int. Resarcitorios

Período 1995 e Importe

Anticipo N� ...

  1. Códigos ya marcados en el F. 799/B respectivo.
  2. Deberá tacharse el año 1995 y consignar el que corresponda.