09 de Diciembre de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 09 de Enero de 1998
Boletín Oficial: 15 de Enero de 1998
ASUNTO
Apruébase un Convenio suscripto con el Reino de los Países Bajos para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Capital.
GENERALIDADES
TEMA
EVASION FISCAL-DOBLE IMPOSICION-CONVENIOS
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1°- Apruébase el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE LOS PAISES BAJOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL CAPITAL, suscripto en Buenos Aires el 27 de diciembre de 1.996, que consta de TREINTA Y TRES (33) artículos y UN (1) Protocolo, cuyas fotocopias autenticadas en idiomas español e inglés forman parte de la presente ley.
Artículo 2:
ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE LOS PAISES BAJOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL CAPITAL
FIRMANTES
ALBERTO R. PIERRI
EDUARDO MENEM
Edgardo Piuzzi
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo