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Ley N° 1919 (T.O. 1997)

21 de Mayo de 1997

CODIGO DE MINERIA

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 30 de Mayo de 1997

ASUNTO

Código de Minería. Su aprobación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

MINERIA-CODIGO MINERO

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO


Contraer Artículo 1:

Art. 1° – El proyecto del Código de Minería redactado por el doctor don Enrique Rodríguez con las correcciones hechas por la Comisión de Códigos de la Honorable Cámara de Diputados se observará como ley de la República Argentina, desde el 1° de mayo de 1887.

Contraer Artículo 2:

Art. 2° – Autorízase al Poder Ejecutivo para hacer los gastos que demanda la impresión del Código de Minería, con imputación a la presente ley.

Contraer Artículo 3:

Art. 3° – Sólo se tendrán por auténticas las ediciones oficiales.

Contraer Artículo 4:

Art. 4° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 25 de noviembre de 1886.


Contraer Código de Minería

Visualizar Código

Contraer Apéndice

Visualizar Apéndice


FIRMANTES

Jassan

Jorge A. Rodriguez

MENEM

Roque B. Fernández