CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 y su modificatoria la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 27 de fecha 6 de abril de 2001, se han realizado modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR.
Que resulta conveniente efectuar ajustes en el universo de mercaderías que integran los Anexos I y II de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 8/2001.
Que la SECRETARIA DE COMERCIO, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado intervención en la confección de la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nº 24.190 y Nº 25.233, Ley Nº 24.425 y en la Ley Nº 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974, 101 de fecha 16 de enero de 1985, 2.752 de fecha 26 de diciembre de 1991 y 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.
Por ello,