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Resolución General DGI N° 4338/1997

28 de Mayo de 1997

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 02 de Junio de 1997

Boletín DGI N° 523, Julio de 1997, página 1203

ASUNTO

PROCEDIMIENTO - RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL - Trabajadores autónomos - Sistema de información y control de inscripción y pago de aportes - Resolución General N° 3791, sus modificatorias y complementarias - Su derogación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer VISTO

VISTO el régimen de información y control de inscripción y pago de aportes, respecto de los trabajadores autónomos, establecido por la Resolución General N° 3.791, sus modificatorias y complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que la aplicación de medios informáticos posibilitan determinar y controlar adecuadamente el grado de cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Unico de Seguridad Social.

Que atento a lo expuesto, se entiende aconsejable dejar sin efecto el régimende información y control de inscripción y pago de aportes mencionado en el visto.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización y Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Referencias Normativas:

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Derógase la Resolución General N° 3.791, sus modificaciones y normas complementarias.

Resolución General N° 4338/28 0 Articulo N° 2 (A partir de: 01 06 1997 Aplicación para los actos, operaciones y gestiones que se realicen a partir del 1 de junio de 1997, inclusive.)

Deroga a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo 1° será de aplicación para los actos, operaciones y gestiones que se realicen a partir del 1° de junio de 1997, inclusive.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Jorge E. Sandullo