CONSIDERANDO
Que mediante la citada resolución general se ha publicado la nómina de las empresas promovidas que dieron cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 2° del Decreto N° 804 del 16 de julio de 1996, respecto de los actos administrativos correspondientes a las reformulaciones y modificaciones de proyectos y a la reorganización de dichas empresas.
Que habiéndose detectado errores en la información que debe contener la referida nómina de empresas promovidas, cabe sustituir la misma con efectos a partir de la vigencia de la mencionada resolución general.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y los artículos 3° y 7° del Decreto N° 1.125/96.
Por ello,