DGI

Resolución General N° 4259/1996

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resoluciones Generales N° 3.439, 3.452, 3.627 y 3.629 y sus respectivas modificaciones y complementarias. Regímenes de retención y/o pago a cuenta. Su derogación.

Fecha de emisión: 12/12/1996

B.O.: 16/12/1996

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO los regímenes de retención y/o pago a cuenta del impuesto al valor agregado, establecidos por las Resoluciones Generales Nros. 3.439, 3.452, 3.627 y 3.629, sus respectivas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO

Que atendiendo a la evaluación efectuada por esta Dirección General, en el marco del análisis integral de los regímenes de retención, percepción y pagos a cuenta establecidos respecto del impuesto al valor agregado, resulta aconsejable dejar sin efecto los regímenes de retención y/o pago a cuenta implantados por las citadas resoluciones generales.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 7° y 31 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Déjanse sin efecto las Resoluciones Generales Nros. 3.439, 3.452, 3.627 y 3.629 y sus respectivas modificatorias y complementarias.


ARTICULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo 1° será de aplicación:

a) Respecto de las Resoluciones Generales Nros. 3.439 y 3.452, sus modificatorias y complementarias: para las operaciones que se efectúen a partir del día 1° de enero de 1997, inclusive.

b) Respecto de las Resoluciones Generales Nros. 3.627 y 3.629, su modificatoria y complementaria:para los pagos a cuenta que deban ser efectuados a partir del día 1° de enero de 1997, inclusive.


ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani

ARCA
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