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Resolución General DGI N° 3215/1990

08 de Agosto de 1990

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 14 de Agosto de 1990

Boletín DGI N° 437, Mayo de 1990, página 440

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Artículo 28, 3er. Párrafo de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones. Actualización del saldo de dclaración jurada. Resolución General N° 3.187: su modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-DECLARACION JURADA IMPOSITIVA -ACTUALIZACION MONETARIA

Contraer CONSIDERANDO

Que la Subsecretaría de Finanzas Públicas, con motivo de la elevación al Congreso Nacional del proyecto de modificación de los artículos 28 y 34 de la Ley N° 11683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, ha instruido a este organismo para que, con carácter de excepción modifique las fracciones previstas en la Resolución General N° 3.187, aplicables a los ejercicios cerrados durante el curso del mes de marzo de 1990.

Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por Dirección Legislación, y en uso de las facultades que acuerdan los artículos 7° y 31 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1 Texto vigente según RG DGI Nº 3219/1990:

Artículo 1° - A los fines previstos en el primero y segundo párrafos del artículo 1° de la Resolución General N° 3.187, los porcentajes a aplicar para losejercicios cerrados durante el curso del mes de marzo de 1990, serán los siguientes:

a) Primera fracción: cinco por ciento (5%).

b)Segunda fracción: noventa y cinco por ciento (95%).

Textos Relacionados:

Modificado por:

Expandir Artículo 1 Texto original según RG DGI Nº 3215/1990:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Ricardo Cossio