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Resolución General DGI N° 3085/1989

19 de Diciembre de 1989

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 27 de Diciembre de 1989

Boletín DGI N° 433, Enero de 1990, página 436

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones - Proveedores de empresas - Régimen especial de ingreso del gravamen - Resolución general N° 2.865 y sus modificaciones - Información a suministrar - Soportes magnéticos - Especificaciones técnicas y de control.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-PROVEEDOR-REGIMEN ESPECIAL-AGENTES DE INFORMACION -SOPORTES MAGNETICOS

Contraer VISTO

VISTO lo establecido por la Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que las obligaciones relativas a la información a suministrar por los responsables comprendidos en el régimen especial de ingreso del gravamen instrumentado por la aludida norma, pueden ser cumplidas mediante la entrega de soportes magnéticos, de acuerdo con lo reglado por la Resolución General N° 2.733.

Que en tal sentido resulta necesario determinar las especificaciones técnicas y de control que deben reunir los mencionados elementos, a efectos de posibilitar la adecuada y correcta utilización de los mismos.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - De acuerdo con lo previsto por el artículo 1° de la Resolución General N° 2.733, apruébanse por la presente las especificaciones técnicas y de control detalladas en el anexo que forma parte integrante de esta resolución general, que deberán reunir los soportes magnéticos mencionados en el artículo 13 de la Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones.

Referencias Normativas:

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 3.085

ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 3.085Visualizar Anexo hoja 1/35Visualizar Anexo hoja 2/35Visualizar Anexo hoja 3/35Visualizar Anexo hoja 4/35Visualizar Anexo hoja 5/35Visualizar Anexo hoja 6/35Visualizar Anexo hoja 7/35Visualizar Anexo hoja 8/35Visualizar Anexo hoja 9/35Visualizar Anexo hoja 10/35Visualizar Anexo hoja 11/35Visualizar Anexo hoja 12/35Visualizar Anexo hoja 13/35Visualizar Anexo hoja 14/35Visualizar Anexo hoja 15/35Visualizar Anexo hoja 16/35Visualizar Anexo hoja 17/35Visualizar Anexo hoja 18/35Visualizar Anexo hoja 19/35Visualizar Anexo hoja 20/35Visualizar Anexo hoja 21/35Visualizar Anexo hoja 22/35Visualizar Anexo hoja 23/35Visualizar Anexo hoja 24/35Visualizar Anexo hoja 25/35Visualizar Anexo hoja 26/35Visualizar Anexo hoja 27/35Visualizar Anexo hoja 28/35Visualizar Anexo hoja 29/35Visualizar Anexo hoja 30/35Visualizar Anexo hoja 31/35Visualizar Anexo hoja 32/35Visualizar Anexo hoja 33/35Visualizar Anexo hoja 34/35Visualizar Anexo hoja 35/35


FIRMANTES

Ricardo Cossio