30 de Agosto de 1988
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 05 de Septiembre de 1988
Boletín DGI N° 415, Julio de 1988, página 417
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Ley N° 23.349 - Artículo 1° y sus modificaciones - Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones - Artículo 14 - Nómina de empresas comprendidas.
GENERALIDADES
TEMA
IVA-REGIMENES ESPECIALES-PAGO DE TRIBUTOS-EMPRESA
CONSIDERANDO
Que corresponde informar las empresas que, habiendo dado cumplimiento a la obligación establecida por el artículo 5° de la precitada norma, se encuentran comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado reglado por la misma.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
Artículo 1:
ARTICULO 1° - De acuerdo con lo previsto por el artículo 14 de la Resolución General N° 2.865 y sus modificaciones, las empresas comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado instrumentado por dicha norma, son aquellas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución General.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Texto original según RG DGI Nº 2.887/1988
El anexo de la presente Resolución General contiene la nómina de las empresas comprendidas en el régimen especial del Impuesto al Valor Agregado instrumentado por la Resolución General N° 2.865. Para acceder a esta información remitirse al anexo de la Resolución General N° 2.887 del Boletín de DGI N° 415-416-417 de Julio-Agosto-Setiembre de 1988.
FIRMANTES
Carlos Marcelo Da Corte