ARTÍCULO 2° - La presentación de los soportes magnéticos se efectuará ante la dependencia de este Organismo que, para cada situación, se indica a continuación:
1. Responsables inscriptos en los Impuestos a las Ganancias, o en su caso, sobre los Capitales.
1.1. En la Dirección Sistema Computación de Datos -Carlos Calvo 190, P.B., Capital Federal-, de tratarse de contribuyentes inscriptos en la Subzona Central o Divisiones de Recaudación Nros. 1 a 16, inclusive.
1.2. En la Región, Agencia o Distrito en la que se encontraren inscriptos, salvo los casos comprendidos en el punto 1.1.
2. Responsables no inscriptos en los gravámenes mencionados en el punto 1.
2.1. En la Dirección Sistema Computación de Datos -Carlos Calvo 190, P.B., Capital Federal-, de tratarse de responsables domiciliados en jurisdicción de las Divisiones Recaudación Nros. 1 a 16, inclusive.
2.2. En la Región, Agencia o Distrito que corresponda a su domicilio, de tratarse de responsables no comprendidos en el punto 2.1.