CONSIDERANDO
Que es propósito de esta Dirección facilitar el cumplimiento. de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
Que por lo tanto resultando compatible la existencia simultánea y transitoria de dos regímenes para el otorgamiento de facilidades es procedente acceder a lo solicitado.
Por ello y atento lo dispuesto por el articulo 7° de la ley N° 11.683, texto ordenado en 1968,