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Resolución General DGI N° 1322/1969

31 de Diciembre de 1969

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín DGI N° 193, Enero de 1970, página 66

ASUNTO

Peso argentino - Ley N° 18.188 - Valores fiscales.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

MONEDA DE CURSO LEGAL-VALUACION FISCAL

Contraer VISTO

VISTO que por el Decreto N° 7.250/69 se ha fijado como fecha de vigencia para el cambio del signo monetario, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 18.188, el 1° de 1970, y:

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que es necesario disponer lo pertinente en relación a los valores fiscales, teniendo en cuenta las existencias actuales y los problemas técnicos que motivarán las nuevas emisiones; como así también, las sobreimpresiones que de acuerdo con las disposiciones vigentes corresponde efectuar en valores de impuestos internos.

Que asimismo debe tenerse presente las normas especiales que existen para la comercialización de cigarrillos, lo que obliga a otorgar un plazo prudencial para las marcaciones de precios de ventas con el nuevo signo monetario.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1968,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - La Dirección General Impositiva continuará con posterioridad al 1° de enero de 1970, con el expendio de valores fiscales actualmente en uso, y su utilización se efectuará en un todo de acuerdo con las respectivas disposiciones existentes para cada uno de ellos.

Contraer Artículo 2:

Artículo 2° - Las sobreimpresiones o remarcaciones que de acuerdo con normas de vigor correspondan efectuar sobre valores fiscales, deberán hacerse al nuevo signo monetario, con la expresión "pesos Ley N° 18.188", a partir del 19 de enero próximo.

Contraer Artículo 3:

Artículo 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Pedro F. Pavesi