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Resolución General DGI N° 1200/1968

12 de Febrero de 1968

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 19 de Febrero de 1968

Boletín DGI N° 171, Marzo de 1968, página 248

ASUNTO

INTERNOS - Valores fiscales - Acláranse los alcances de la Resolución General N° 1.179.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTOS INTERNOS

Contraer VISTO

y

Contraer CONSIDERANDO

Las distintas presentaciones y consultas formuladas referentes a la aplicación de la Resolución General N° 1.179, siendo necesario dictar las aclaraciones pertinentes; en uso de las facultades que le acuerda el articulo 8° de la Ley 11.683 (t. o. en 1960 y sus modificaciones);

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - Las disposiciones de la Resolución General N° 1.179 (I.I.), como se indica en la misma, sólo rigen en aquellos casos en que se carezca de valores fiscales ajustados a las tasas vigentes en el momento del retiro de los mismos, debiendo utilizarse en esa oportunidad los formularios números 5.236/b y 5.739/a, aprobados a esos fines. Por tanto tales disposiciones no alcanzan a los instrumentos de control.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Artículo 2° - Las atestaciones a que se refiere el punto 1° de la mencionada Resolución General, podrán ser estampadas a sello, con tinta indeleble, en la oportunidad y en los casos contemplados en el punto 44 de las Normas Generales Complementarias de la Reglamentación de Impuestos Internos - Disposiciones Generales (Resolución General N° 991), debiendo dejarse constancia al dorso del formulario N° 5.236/b de haberse adoptado ese procedimiento, siendo el punto 4° de la mencionada Resolución General, de aplicación cuando las sobreimpresiones se efectúen en imprentas.

Referencias Normativas:

Contraer Artículo 3:

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial


FIRMANTES

Raul E. Cuello