13 de Abril de 2007
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 17 de Abril de 2007
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Vencimientos fijados para el período comprendido entre los días 26 de marzo y 24 de abril de 2007, ambas fechas inclusive. Presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-PRORROGA DEL PLAZO-SANTA FE
VISTO
VISTO las fechas de vencimiento establecidas por la Resolución General N° 2.179, para la presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que los acontecimientos que son de dominio público, originados en los fenómenos meteorológicos, han afectado a distintos Departamentos de la Provincia de Santa Fe, imposibilitando a determinados contribuyentes y responsables cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago.
Que en consecuencia, se entiende razonable contemplar la situación descripta, respecto de los Departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, Garay, Iriondo, La Capital, Las Colonias, Rosario, San Jerónimo, San Lorenzo, San Martín, San Justo y San Javier, disponiendo las fechas hasta las cuales las mencionadas obligaciones serán consideradas cumplidas en término.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Recaudación, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y de Asuntos Jurídicos y las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso, de pago, a cargo de los contribuyentes y responsables que desarrollen su principal actividad económica en jurisdicción de los Departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, Garay, Iriondo, La Capital, Las Colonias, Rosario, San Jerónimo, San Lorenzo, San Martín, San Justo y San Javier de la Provincia de Santa Fe, correspondientes a los impuestos y recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 26 de marzo y 24 de abril de 2007, ambas fechas inclusive, se considerarán cumplidas en término, siempre que se efectivicen dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de vencimiento fijada para cada una de las obligaciones en la Resolución General N° 2.179.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Alberto R. Abad