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Resolución General AFIP N° 1828/2005

08 de Febrero de 2005

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 10 de Febrero de 2005

Boletín AFIP N° 92, Marzo de 2005, página 478

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Régimen de asistencia financiera ampliada (RAFA). Resolución General N° 1.678 y sus modificaciones. Su modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-DEUDAS IMPOSITIVAS-DEUDA PREVISIONAL -FACILIDADES DE PAGO-PRORROGA DEL PLAZO

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 1.678 y sus modificaciones,

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que la mencionada norma dispuso un régimen de pagos parciales para aquellos sujetos que acrediten que su situación económico-financiera no les ha permitido ingresar, en tiempo y forma, sus obligaciones líquidas y exigibles vencidas hasta el día 31 de marzo de 2004, inclusive.

Que a los fines de posibilitar a los contribuyentes y responsables regularizar sus deudas en mora, resulta aconsejable fijar un nuevo plazo de vencimiento para formalizar la solicitud de acogimiento al régimen de asistencia financiera ampliada (RAFA).

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 1.678 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese en el artículo 7°, la expresión "... hasta el día 28 de febrero de 2005, ..." por la expresión "... hasta el día 31 de marzo de 2005, ...".

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Alberto R. Abad